La cercanía al cliente, la confianza plena y el trato individualizado es el valor diferencial de este bufete, que cuenta con un equipo de profesionales interdisciplinar con vocación y medios

 

El despacho de Carlos Muñiz Martín es una de las firmas de abogados con mayor crecimiento en los últimos años y referente en el ámbito de derecho penal español. Su trabajo constante en esta especialidad le ha convertido en merecedor, un año más, del Premio El Suplemento 2015 en la categoría de Derecho Penal.

Esther Domínguez fue la encargada de entregárselo a Carlos Muñiz. «Es un honor recibir este premio tan importante a nivel nacional. Sin mis compañeros y clientes sería imposible estar aquí. Gracias a todos ellos por creer en mí».

Muñiz atesora una experiencia profesional de una década y ha basado su trabajo en la independencia, la libertad y en «estudiar, trabajar e investigar la ciencia y la técnica jurídica buscando siempre la artesanía y la excelencia del derecho en el caso concreto de mis defendidos», asegura.

La cercanía al cliente, la confianza plena y el trato individualizado es el valor diferencial de este bufete, que cuenta con un equipo de profesionales interdisciplinar con vocación y medios. «Hablo de artesanía, de mirar punto por punto cada caso», sostiene Muñiz cuando habla de sus casos y clientes.

Aunque también aborda otras ramas como el derecho civil, mercantil o laboral es la especialidad en Derecho Penal la auténtica pasión de Muñiz. «Me interesan sobre todo los procedimientos históricos tanto en España como en Europa, desde el punto de vista penal, criminológico y victimológico. Tales estudios e investigaciones los aplico en los procedimientos que tengo el honor de dirigir, analizando e investigando con detalle, para llegar a entender, el comportamiento de cada uno de los sujetos implicados, los roles de los mismos en una causa y los motivos que mueven a las personas a hacer lo que hacen», señala el abogado.

Carlos Muñiz Martín sostiene que la interpretación de la norma es un arte y recomienda que «se ha de interpretar según el sentido propio de sus pa- labras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que ha de ser aplicada».

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